miércoles, 7 de abril de 2010

Conferencia: Ley y multas lingüísticas

Viernes 9 a las 19h.
Centro Cívico Golferich
Golferichs. Gran Vía, 491,
08015 - Barcelona

LEY Y MULTAS LINGÜÍSTICAS
Francisco Caja
Profesor de filosofía y jurista

La imposición del uso de una lengua, sea ésta la que sea, en las relaciones entre particulares implica una restricción de la libertad incompatible con los fundamentos de una sociedad democrática. El uso de la lengua por parte de los ciudadanos en sus relaciones privadas, incluidas las comerciales, no pude ser determinado por los poderes políticos, sino por los propios ciudadanos, pues no existe constitucionalmente un deber de uso de la lengua sino un derecho.
Imponer un deber de uso de una lengua, como hacen el Estatuto de Cataluña y la Ley de Política Lingüística, vulnera gravemente no sólo la libertad de expresión, del que la libertad de lengua forma parte, sino también la libertad de empresa, tanto más cuanto que ese supuesto deber de uso de una lengua que impropiamente es llamada “propia” se garantiza con sanciones administrativas, las llamadas “multas lingüísticas”, que no son otra cosa que la nueva versión del tristemente célebre “derecho de pernada”.

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